Costa Rica

VISA CONSULTADA

La visa consultada es conocida exclusivamente por la Dirección general de Migración y Extranjería de Costa Rica y puede tardar un máximo de 90 días en ser resuelta.

Los requisitos pueden ser enviados al Consulado de Costa Rica por correo postal, pero, en caso de ser aprobada la visa, el solicitante deberá presentarse al Consulado (previa cita) para recibir el estampado de la visa.

Previo a la entrega de los documentos puede enviarse escaneado al email  embcr-ca@rree.go.cr todos los requisitos para una valoración inicial sobre si los documentos se encuentran completos.

Requisitos:

  1. 01

    Solicitud dirigida al Cónsul de Costa Rica en la que se incluya: Nombre completo y apellidos, nacionalidad, número de pasaporte, lugar de residencia, motivo del viaje, tiempo previsto de permanencia en Costa Rica, lugar y fecha aproximada de llegada y salida del país, profesión u oficio, dirección exacta del lugar donde va a permanecer en Costa Rica, fecha y lugar de nacimiento del interesado, fax o email para recibir notificaciones, fecha y firma.

  2. 02

    Pasaporte o documento de viaje, aceptado por el Estado costarricense, con fecha de vencimiento no menor a los seis meses. Además, copia del mismo.

  3. 03

    Reserva tentativa del tiquete, boleto o pasaje de regreso o de continuación del viaje, a efectos de comprobar los motivos del viaje y las condiciones de turismo.

  4. 04

    Demostración de la solvencia económica del solicitante.

  5. 05

    Certificación de antecedentes penales debidamente legalizada y, en los casos que corresponda, traducida al idioma español.

  6. 06

    Certificación de nacimiento, debidamente legalizada y, en los casos que corresponda, traducida al idioma español.

  7. 07

    El Cónsul, o en su defecto la Dirección General de Migración y Extranjería, podrá solicitar de ser necesario, documentos adicionales que sean emitidos en el país de origen del solicitante, siempre que su presentación sea fundamental para el análisis en el otorgamiento de la visa.

  8. 08

    Comprobante de pago por US $52 por el proceso de visa consultada más los costos de legalización que se puede depositar en cualquier sucursal del TD Canadá Trust, en la cuenta N°02296-004-7304961, bajo el nombre de "Embajada de Costa Rica, Servicios Consulares". Si se realiza una transferencia bancaria hecho, se deben depositar US $ 14 adicionales para cubrir las comisiones bancarias.

  9. 09

    Una fotografía tamaño pasaporte.

En caso de que la visa sea aprobada, la visa deberá utilizarse en un plazo de sesenta días, a partir de que se estampe en el pasaporte y es válida para ingresar al país por una única vez.