Información
En caso de que usted desee reconocer a algún hijo que nació después de su llegada a Canadá y que aún no tenga sus apellidos, se puede acercar al Consulado General a realizar este trámite. Es importante señalar que la madre del menor debe estar de acuerdo y presentar su consentimiento y declaración ya sea ante el Consulado, si también se encuentra en Canadá, o ante el Registro Civil, en caso de encontrarse en Costa Rica.
Requisitos
Para ello debe presentar los siguientes requisitos:
- Documento de identidad del padre, cédula en caso de ser costarricense, o pasaporte en caso de ser extranjero, vigente y en buen estado.
- Certificado de nacimiento del menor de edad emitido por el TSE. El certificado lo puede descargar por medio del siguiente enlace:
- Documento de identidad de la madre, cédula en caso de ser costarricense, o pasaporte en caso de ser extranjero, vigente y en buen estado. Si la madre no se presentará al Consulado, aportar copia de este documento.
Consentimiento y cita
Si la madre no está presente en el Consulado al mismo tiempo, deberá presentarse a la oficina del Registro Civil más cercana a dar su consentimiento.
Favor remitir su solicitud a través del correo electrónico: concr-ca@rree.go.cr para asignarle una cita.