Los titulares de pasaporte canadiense pueden viajar a Costa Rica como turistas por hasta 180 días naturales no prorrogables. No se requiere visa pero deben cumplir todos los siguientes requisitos para ingresar:
1. un pasaporte válido (que debe tener una validez de al menos 1 día al momento de ingresar a Costa Rica)
2. comprobación de solvencia económica,con un mínimo de US$100 por mes o fracción de mes de permanencia legal en el país
3. tiquete, boleto, o pasaje de regreso al país de origen o de continuación de viaje, o bien el plan de navegación en el que conste el puerto de destino)
4. no tener impedimento de ingreso al país.
Impedimento de ingreso:
Según el artículo 61.3 de la Ley de Migración de Costa Rica, usted tendría un impedimento para ingresar a Costa Rica si tiene una condena penal por un delito doloso (no un hecho ilícito) en los últimos 10 años, siempre y cuando el delito sea tanto ilegal en Canadá y Costa Rica. Tampoco se permiten personas con medidas cautelares (medidas cautelares), procesos penales pendientes por delitos sexuales contra menores de edad o que hayan sido condenados por delitos sexuales contra menores de edad en los últimos 50 años.
Para ser considerado turista, Costa Rica utiliza la definición de turismo establecida por la Organización Mundial del Turismo que indica que el turismo comprende cualquier actividad realizada durante el viaje por motivos de ocio, negocios o profesionales, siempre y cuando no sean remuneradas o lucrativas en Costa Rica.
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La Embajada de Costa Rica tiene por misión promover la acción exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica en Canadá para la salvaguardia de la soberanía nacional y la defensa de los intereses nacionales, para contribuir a las condiciones de vida de la población nacional costarricenses.